Empleo Público

OEP 2022: 10 plazas para la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Plazo solicitudes: 3 junio

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 Como ya os hemos informado, ¡¡renovamos con las mismas condiciones!! A continuación, os detallamos los aspectos más destacables de la póliza para no tener ningún problema de cobertura.

La Cobertura Básica se mantiene en 75.000 € por asegurado, siniestro y año. Ahora bien ¿qué excepciones hay?

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Se presenta la guía de buenas prácticas para la mezcla en campo de los productos fitosanitarios, con instrucciones y recomendaciones para la correcta realización de mezclas de productos fitosanitarios para su uso en campo, que recoge lo estipulado en el artículo 37 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.


 

 

 Más información [Aquí].

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     Con el objetivo de unificar criterios para aplicar una metodología común para todos los Estados miembros a la hora de determinar los valores umbral para las sustancias que originan situaciones de riesgo en las aguas subterráneas

    El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, ha aprobado la modificación del anexo II del Real Decreto de protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro, para adecuar la legislación española a la Directiva Marco del Agua de la Unión Europea, que puedes consultar al final de la noticia.

      La Directiva, traspuesta al ordenamiento jurídico español desde 2009, fue modificada en julio de 2014, lo que exige la adaptación de nuestra legislación para transponer las modificaciones introducidas en la nueva Directiva.

       El objetivo de la modificación ha sido el de unificar criterios a la hora de aplicar una metodología común para todos los Estados miembros de la Unión Europea en el proceso de determinación de los valores umbral para las sustancias que pueden provocar una situación de riesgo de no alcanzar los objetivos medioambientales de calidad química en una masa o grupo de masas de agua subterránea.

       El Real Decreto que hoy se aprueba modifica parcialmente el anexo II del Real Decreto hasta ahora en vigor, mediante un artículo único que consta de cuatro apartados en los que se añade una disposición final cuarta sobre habilitación normativa; se redacta más ampliamente el Anexo II (parte A); se añaden dos nuevas sustancias (fosfatos y nitritos) al listado de contaminantes del anexo; y se redacta de nuevo la determinación de los valores umbral y los criterios de inclusión en los planes hidrológicos de cuenca.

 

16 de diciembre de 2015 BOE nº. 300

Real Decreto 1075/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el anexo II del Real Decreto 1514/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro. [Leer+]

 

Fuente: MAGRAMA

altEl Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha hecho pública la Propuesta de un nuevo Real Decreto por el que se modifican distintas disposiciones en el sector eléctrico y ha informado sobre su estado de tramitación.

En el seno de la reforma estructural del sector eléctrico que se viene acometiendo durante los últimos tres años, se aprobó, en diciembre de 2013, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico que viene a actualizar la anterior ley del año 1997 y a reformular determinados aspectos.

En desarrollo de la misma, se ha procedido ya a la aprobación de determinados reales decretos y órdenes ministeriales de retribución de las actividades de transporte, distribución y producción a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, así como otros relativos a otros mecanismos técnicos y económicos del sistema como son la metodología de fijación del precio voluntario de referencia para el pequeño consumidor y el sistema de gestión de demanda por interrumpibilidad. Del mismo modo se encuentran en tramitación o en fase de elaboración otras disposiciones para adaptar las distintas regulaciones del sector a lo previsto en la nueva Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Mediante el presente real decreto se procede a la modificación de determinados aspectos de la regulación vigente que bien por tratarse de aspectos puntuales, o bien por requerir de una aprobación urgente para su aplicación en el menor plazo, se introducen en un real decreto que aglutina todos ellos.
 
Estado de tramitación
El proyecto se encuentra pendiente del informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), así como del trámite de audiencia a través del Consejo Consultivo de Electricidad.

Documentos relacionados:

- Propuesta de Real Decreto por el que se modifican distintas disposiciones en el Sector Eléctrico
- Memoria de la Propuesta de Real Decreto por el que se modifican distintas disposiciones en el Sector Eléctrico

 

Fuente: Ministerio de Industria, Energía y Turismo

 

 Caja Rural Asturias
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